Naturaleza jurídica y legislación aplicable a los marketplaces
Cuando se habla de legislación aplicable a los marketplaces se está tratando con un tema espinoso, dado que son de reciente aparición y las leyes, siempre más lentas, aún se están equiparando a la nueva realidad. Este mundo, en el que la virtualización ha cobrado un protagonismo inesperado, requiere de un marco legal innovador. ¿Cómo será la normativa de marketplaces en el corto plazo? Aquí te contamos algunos de sus aspectos más relevantes.
Marketplaces: naturaleza jurídica
La legislación tiene en cuenta una serie de variables a la hora de describir el marketplace. Estas parten de los datos obtenidos en la realidad. Pero, ¿compiten los marketplace con las tiendas offline? ¿Bajo qué estándares legales se rigen?
Dado que los organismos competentes pasaron años sin advertir la enorme transformación, miles de transacciones quedaron en un limbo. El caso de Airbnb es paradigmático, pues ni huésped ni anfitrión contaban con un marco legal que regulase su actividad.
¿Las consecuencias? Clientes insatisfechos sin protección, técnicas abusivas de mercado y menoscabo de los principios de competencia en detrimento del mercado offline. Porque, aunque no lo parezca a priori, la plataforma online compite con los hoteleros, pero también con las agencias de viajes y la fonda centenaria. Sin una normativa de marketplaces, es una contienda asimétrica.
Por otra parte, el mercado de referencia es el ámbito de competidores y usuarios que se toma como medida. En ese sentido, para un producto como la manzana, será un determinado número de compradores, fruterías y supermercados. En el caso de un servicio, como el alojamiento, se trata de un complejo entramado de usuarios y hoteles, hostales, agencias de viaje…
Pero no solo se restringe a productos y servicios. Las actividades económicas a desarrollar también son tomadas en cuenta. Esto es lo que hace que Napster, y los modelos de música streaming sucesivos, llevaran a la desaparición el esquema de disqueras previo. Sin lugar a dudas, lo que sucede online tiene repercusiones en el comercio de toda la vida.
Dado que el ámbito de competencia de los marketplaces es tan amplio, se entiende que su régimen legal será el mismo que el de las Agencias de Viajes Online. Estas se consideran “servicios de la sociedad de la información” y cumplimentan los impuestos de los marketplaces. Sin embargo, existen algunas excepciones:
- El concepto de “prestador intermediario”: así como Airbnb no tiene hoteles y Amazon no fabrica todo lo que vende, el concepto de intermediario es el que suele definirlos mejor. Debido a ello, el servicio que prestan se restringe al almacenamiento de información, al contacto vendedor-comprador y a una eventual mediación entre ambos.
- La promoción y venta de servicios: si, por el contrario, el marketplace no se restringe a ser un mero intermediario de datos, la jurisprudencia lo hace responsable de ello. Si Ebay cobra una comisión por mejorar el posicionamiento de un producto, está ofreciendo servicios de marketing, no solo ejerce como punto de encuentro.
- Los servicios ilegales: aplica en casos de conocimiento o circunstancias que apuntan a que el marketplace en cuestión ofrezca actividad ilegal. ¿Te gustaría confiar en una plataforma de servicios que se asegure de la legalidad de sus productos y servicios? BigBuy es la opción de cientos de vendedores.
Normativa aplicable
La doctrina y la jurisprudencia convierten a los lugares de compra online en entes sujetos a la legislación sobre las Agencias de Viaje Online y los hacen sujetos de los correspondientes impuestos de los marketplaces. Esto solo sucede en caso de que se limiten a actuar como prestadores intermediarios. Sin embargo, te contamos una de las excepciones más notables por legislar.
- Los servicios P2P: En el caso de Airbnb, los acuerdos de igual a igual en realidad están notablemente influidos por la empresa. Esta actúa como agente de cobro, es responsable del tratamiento de los datos y hasta puede fijar los precios. Por el contrario, Vinted, la plataforma de venta P2P de ropa de segunda mano, solo ejerce como intermediario y permite, en ocasiones, concretar la compra fuera de su plataforma. En esta empresa sí se aplicaría la legislación sobre las AVO, pero para servicios y empresas de mayor envergadura la ley aún no se pronuncia.
Si la actuación del prestador intermediario es realmente neutra, la legislación y las tasas impositivas a aplicar ya existen y son del todo conocidas. Se resumen en los siguientes documentos:
- Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE).
- Texto Refundido de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios (TRLGDCU).
- Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
- Derecho general de obligaciones y contratos.
Cabe acotar que estos textos corren el riesgo de quedarse obsoletos si la legislación aplicable a los marketplaces no se actualiza. Poco a poco, legisladores y empresas despliegan la misma capacidad inventiva para proteger los legítimos derechos de los consumidores. La tendencia es a una armonización impositiva y a más seguridad y confianza que nunca. Debido a ello, te animamos a sumarte a los comercios de vanguardia para contribuir a moldear las leyes del mañana.